La exploración judicial del menor es uno de los medios que la ley prevé de forma expresa a fin de averiguar cuál es en la realidad el interés del mismo. La audiencia de los menores en el caso de que tengan suficiente juicio, y en todo caso si son mayores de 12 años, viene impuesta por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y el art. 9 de la L.O. 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
El niño que esté en condiciones tiene derecho a ser escuchado, especialmente cuando se trate de la adopción o modificación de las medidas relativas a su guarda y custodia. Pero pese a que su opinión se tendrá en cuenta no significa que haya de ser determinante ya que no siempre es lo más beneficioso para él o su voluntad puede estar manipulada.
De este modo, los Tribunales valorarán la voluntad del menor conjuntamente con otros factores importantes también para determinar qué es lo mejor para él.
La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 2022 (rec.1489/2021 Pte.: García Martínez, Antonio) anula la sentencia recurrida y retrotrae las actuaciones al momento anterior al de su dictado para que, antes de resolver sobre la guarda y custodia del menor, se haga efectivo su derecho a ser escuchada.
Como abogados de familia, nos encontramos muchas veces ante situaciones en los que los hijos están realmente mediatizados y los padres no han sabido preservarlos de sus dificultades de entendimiento, haciéndoles partícipes de graves incidentes que nunca debieron protagonizar, por lo que en la exploración judicial se ve afectado su poder de decisión.
Otras veces sin embargo la voluntad del menor es clara y no está viciada pero se ve entorpecida por la negativa del progenitor que ve que con ella sus expectativas de éxito en el proceso pueden verse obstaculizadas.
Es importante por lo tanto poder defender no sólo la práctica de la exploración de los hijos en un proceso judicial sino también la de recabar las pruebas necesarias para acreditar que la voluntad manifestada por el menor coincide en su caso con sus intereses reales.
Vanessa Valls
Abogada