Extinción del uso de la vivienda familiar por convivencia con una tercera persona

    Vanessa Valls

    La sentencia del Pleno de la Sala de lo civil del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2018 (sentencia nº 641/2018) ha resuelto la consecuencia que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja en relación al derecho de uso de la vivienda familiar.

    La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso por considerar que la “entrada de una tercera persona en el ámbito sentimental de la esposa y materialmente en la que fue vivienda familiar hacer perder a la vivienda de su antigua naturaleza de vivienda familiar por servir en su uso a una familia distinta y diferente”.

    La sala de lo civil ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y desestima el recurso alegando que “la introducción de un tercero en la vivienda, en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérselo asignado la custodia de los hijos, aspecto que se examina, cambia el estatus del domicilio familiar. No se niega que al amparo del derecho a la libertad personal y al libre desarrollo de la personalidad se puedan establecer nuevas relaciones de pareja con quien se estime conveniente, lo que se cuestiona es que esta libertad se utilice en perjuicio de otros, en este caso del progenitor ni custodio.”
    Asimismo, la sentencia considera que el interés prevalente del menor no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos.

    Sin lugar a dudas se trata de una sentencia muy novedosa que resuelve una cuestión que hasta ahora ha originado muchas dudas y polémicas; aunque lógicamente deberá ir adaptándose cada caso y procedimiento a esta nueva jurisprudencia.

    Vanessa Valls

    Leave a comment

    Your email address will not be published.