ABSUELVEN DE MALOS TRATOS A UNA MADRE QUE FORCEJEÓ CON SU HIJO PARA QUITARLE EL MÓVIL

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    Según los hechos redactados en la demanda, la acusada, encontrándose en el domicilio familiar,  ante la negativa violenta de su hijo, tuvo que forcejear levemente con el joven de 15 años para que dejara de jugar con el móvil y se pusiera a estudiar. abogado divorcios barcelona. Mejor abogado divorcio barcelona

    Tras estos hechos la Fiscalía, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito de malos tratos del artículo 153.2 CP, y solicitó la pena de 9 meses de prisión, accesorias y costas.

    Finalmente el Juzgado encargado de conocer la causa, Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería, ha absuelto a la acusada argumentado en su fundamentación jurídica que si bien es cierto que este tipo penal, introducido por la reforma del Código Penal de 30 de Septiembre de 2.003 y posteriormente modificado de nuevo en la Ley de Violencia de Género, viene a proteger de forma extrema a los más débiles y desprotegidos de la familia, por los ataques psíquicos y físicos que pudieran ser objeto por parte de otros miembros del clan familiar que, en un primer momento, se pueden aprovechar de una injusta situación predominante, en el caso, es evidente que la acusada se encontraba en el pleno y correcto ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de la patria potestad, sin que en momento alguno se extralimitase en ello. abogado divorcios barcelona. Mejor abogado divorcio barcelona

    Es más, según el juez encargado de dictar la sentencia, sería responsabilidad de la madre el haber dejado a su hijo jugando con el móvil y no obligarle a estudiar, pues entre esas obligaciones que se establecen en el Código Civil derivadas de la patria potestad está la de preocuparse por la educación de los hijos, que es precisamente lo que hizo la acusada en la acción enjuiciada, sin utilizar rigor innecesario alguno para ello.

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