
Por: Julia Fernández
La Ley Orgánica 1/2015, por la que se modifica el Código Penal introduce un importante cambio en el régimen de responsabilidad penal de la persona jurídica del artículo 31 bis, procediendo a introducir un modelo de prevención de delitos en el seno empresarial, que a pesar de que no sea obligatorio, parece ser que contar con él será una necesidad básica y fundamental para cualquier empresa y, en especial, las de mayor tamaño.
La importancia de implantar un plan de Compliance se hace patente con la simple lectura del mencionado artículo, pues, una vez que determina los presupuestos de responsabilidad de las personas jurídicas por los delitos que cometan sus representantes legales, administradores (de hecho y de derecho) y subordinados en beneficio de la empresa, establece la posibilidad de exonerar de responsabilidad a aquellas empresas que cuenten con un plan de prevención y detección de delitos, en la medida que se cumplan las siguientes condiciones:
- Haber adoptado y ejecutado eficazmente el plan de prevención antes de la comisión del delito y a través de medidas de vigilancia idóneas.
- El plan debe contar con la supervisión del funcionamiento y cumplimiento por parte de un órgano interno con poderes autónomos.
- La persona que comete el delito debe haber eludido fraudulentamente los modelos de organización y prevención.
- No se debe haber producido una omisión o un ejercicio insuficiente de las funciones de prevención.
Este cambio afecta a las grandes empresas, pero también a PYMES y microempresas, por esta razón el CP prevé para las personas jurídicas que puedan presentar la cuenta de pérdidas y ganancias abreviada que el órgano de supervisión y control del plan de prevención pueda ser el propio administrador.
La nueva redacción del artículo 31 bis contempla con detalle los requisitos que debe cumplir el plan de prevención que eventualmente se implante en la empresa que, además, debe resultar idóneo y adecuado a las necesidades de cada persona jurídica:
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1. Identificar las actividades en cuyo ámbito se pueden cometer delitos.
Es importante que la persona jurídica establezca y aplique procedimientos eficaces y adecuados a los potenciales riesgos que genera la concreta actividad de la empresa, de manera que los modelos de organización y gestión se deben adaptar a ella. En esta primera fase se hace indispensable contar con la asistencia de un despacho de abogados, ya que se debe conocer el entorno jurídico y empresarial
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2. Establecer protocolos o procedimientos para la toma de decisiones.
En particular, se refiere a la adopción de códigos de conducta en relación a la adopción de acuerdos y decisiones y la ejecución de los mismos. En este sentido, su objeto debe ser el fomento de la ética empresarial y no sólo la prevención de sanciones.
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3. Establecer modelos de gestión de los recursos financieros.
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4. Se impondrá la obligación de informar de los posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado.
Se debe establecer un canal interno de denuncia en caso de detectar actividades ilícitas o incumplimientos en el seno de la empresa. El sistema de denuncia debe garantizar la confidencialidad y la protección del denunciante para disminuir el riesgo de sufrir represalias.
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5. Implantar un sistema disciplinario
Esta última medida constituye el contrapunto al establecimiento de un código de conducta, pues sin un sistema disciplinario, el plan de prevención deja de tener sentido en la medida que no se prevean consecuencias para su infracción.
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6. Verificar de manera periódica el modelo de prevención.
La verificación periódica del modelo de prevención contribuye a mejorar la eficacia del mismo. Es importante realizar revisiones periódicas del plan, ya que habrá que adaptarlo ante cualquier posible cambio circunstancial.
Tal y como se ha mencionado anteriormente, contar con un modelo de prevención no es obligatorio, pero puede aportar valor añadido a la persona jurídica, no sólo porque su implementación posibilite la exoneración de responsabilidad tras la eventual comisión de un delito, sino porque también favorece a la reputación de la empresa ya que de esta manera ofrece un alto nivel de transparencia y contribuye a crear una imagen de confianza para el cliente.
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