
HECHOS
El domingo 19 de junio de 2016, una mujer denunció en el cuartel de la Guardia Civil de Armilla (Granada) a su pareja por haberle faltado al respeto. En concreto, por una conversación de whatsapp en la que su pareja le mandaba “a la mierda”a través de whatsapp, a lo que la denunciante respondió “A la mierda [emoticono] te vas tú”.
El hombre fue detenido por la Guardia Civil y permaneció en los calabozos desde las once de la mañana hasta que fue conducido esposado al Juzgado, donde tras prestar declaración fue puesto en libertad a las seis y media de la tarde, con obligación de comparecer al día siguiente ante la juez. El acusado solo reconoció haber enviado a su pareja el mensaje citado, que fue contestado por la mujer con un «a la mierda (en emoticono) te vas tú».
SENTENCIA
Mandar «a la mierda» a su pareja mediante mensaje de ‘whatsapp’ tiene una pena de cinco días de arresto domiciliario según el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Granada.
Si bien es cierto que la denunciante también respondió a su pareja enviándole a la mierda, ésta utilizó un icono que según el magistrado no tiene la misma carga despectiva y por lo tanto no debe tener castigo.
La titular del Juzgado aprecia en el condenado un delito leve de injurias/vejaciones en el ámbito familiar, previsto y penado en el artículo 173.4 del Código Penal, lo que conlleva una pena de localización permanente en domicilio diferente y alejado al de la víctima durante cinco días, el grado mínimo de castigo que prevé la norma. Además, el condenado deberá pagar las costas procesales.
La sentencia es firme al haber sido dictada con la conformidad de todas las partes
Fuente de la imagen: www.okdiario.com link original de la imagen
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