GESTORÍA LABORAL BARCELONA: SOBRE LA COBERTURA POR DESPIDO DEL FOGASA

    De acuerdo con la Sentencia del Juzgado de lo social nº3 de Elche, los trabajadores a tiempo parcial deberán disfrutar de las mismas garantías y derechos que los trabajadores a jornada completa en cuanto a la cobertura de los salarios e indemnizaciones por despido que debieran cobrar del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).

    El fallo reconoce el derecho de todos empleados cuyos «contratos se extingan por causas objetivas», incluso los que no trabajan a tiempo completo, a «recibir sin ninguna reducción» las cantidades adeudadas utilizando como tope los 1.310,40 euros.

    En concreto, el tribunal dio la razón a una trabajadora que fue despedida por motivos objetivos y le reconoce un salario proporcional a la jornada del 80% que habitualmente realizaba.

    De esta manera, la sentencia decide apartarse de los «topes» que prevé el FOGASA para los trabajadores a tiempo completo, es decir, un máximo de 120 días de salario pendiente de cobro con un límite de 50,09€ al día, más 30 días de salario por año trabajado teniendo como límite los 50,09€ al día.

    El sistema del FOGASA vulnera el principio de equiparación e igualdad de trato entre personal a jornada completa y a tiempo parcial.

    El juez estimó los argumentos de la empleada en tanto que ni los decretos reguladores del SMI ni el Estatuto de los Trabajadores realizan una distinción entre trabajadores a jornada completa y trabajadores jornada parcial en cuanto a lo que refiere el derecho a cobro del FOGASA.

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