¿QUÉ PASOS DEBO SEGUIR PARA CREAR MI EMPRESA?

    pasos para crear empresa

    No basta con un buen modelo de negocio para poner en marcha tu propia empresa. De hecho, constituir una empresa es un proceso que puede durar aproximadamente un mes y que implica muchas horas de tramitación burocrática. Por ello hoy, te explicamos paso a paso todos los trámites que debes seguir antes de lanzarte a la ventura de iniciar tu propio negocio:

    Elegir la forma jurídica (SL, SLU, SLP, SAU, SA, ERL, trabajador autónomo, SLNE)

    Antes de iniciar cualquier actividad es recomendable analizar el tipo de organización jurídica que más nos conviene en función de las características de nuestro proyecto. Por ello, en esa etapa se recomienda acudir a un abogado.

    Elegir la denominación de la compañía

    Un requisito indispensable a la hora de elevar a público una escritura de constitución es asignarle un nombre a la compañía. Cuando hablamos de asignarle un nombre nos referimos a la obtención de un certificado acreditativo de que la denominación de la Sociedad no coincide con alguna de las que ya figuran en la sección de denominaciones del Registro Mercantil Central.

    Es recomendable presentar una lista de cinco nombres de forma telemática ante el Registro Mercantil central http://www.rmc.es/ El coste de la solicitud es de 15€

    Una vez se expide la certificación a nombre de uno de los socios fundadores de la sociedad, la denominación queda registrada durante un periodo máximo de seis meses a la espera de la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil Provincial correspondiente.

    Obtener el certificado bancario

    El certificado bancario es el documento oficial que acredita que el capital social necesario para fundar una compañía ha sido depositado en una entidad financiera. Esta aportación también puede incluir la valoración de bienes como equipos informáticos, máquinas de producción, etc.

    Acudir al notario

    Tras obtener el certificado de la denominación social, expedido por el Registro Mercantil, Central, los estatutos sociales (que regularán el funcionamiento de la empresa) y el certificado bancario ya podemos acudir al notario para la firma de la escritura pública de constitución.

    Una vez tengamos la escritura simplemente nos faltará acudir al Registro Mercantil Provincial correspondiente para la inscripción de la sociedad.

    Autoliquidar el Impuesto de Operaciones Societarias

    Las operaciones societarias se autoliquidan con el modelo 600.

    Quedan sujetas al impuesto en concepto de operaciones societarias y exentas de tributación las operaciones de constitución de sociedades.
    A los efectos del impuesto tienen la consideración de sociedades las personas jurídicas que tienen fines lucrativos y las comunidades de bienes que llevan a cabo actividades empresariales.

    Inscripción en el Registro Mercantil

    La inscripción de la sociedad deberá realizarse en el Registro Mercantil de la provincia en que radique el domicilio social de la empresa.

    Para ello deberá presentarse la primera copia de la escritura de constitución de la sociedad, el certificado de denominación que habrá de ser protocolizado notarialmente en la escritura de constitución y la carta de pago del Impuesto de Operaciones Societarias. Se trata de un paso imprescindible para que la sociedad adquiera personalidad jurídica.

    Obtener el CIF

    Para obtener el Código de Identificación Fiscal provisional deberá acudirse a Hacienda con la escritura simple de constitución de la compañía y cumplimentar el modelo 036 que nos facilitarán en las oficinas.

    El CIF provisional nos permitirá regular nuestra relación con Hacienda y determinar los impuestos que se nos exigirán por el desarrollo de nuestra actividad empresarial.

    Posteriormente se nos facilitará el CIF definitivo. Con este documento, y tras abonar el pago del impuesto sobre actividad económicas IAE ante el ayuntamiento correspondiente, ya podremos iniciar nuestra actividad económica.

    Solicitar el certificado digital

    El certificado digital podrá solicitarse en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (www.sede.fnmt.gob.es) como representante de la compañía. Una vez solicitado, siguiendo los pasos que se indican en la propia web, dispondremos del certificado digital para firmar documentos y realizar trámites en nombre de la empresa ante las administraciones.

    Solicitar el Código de Cuenta de Cotización (sólo en caso de tener trabajadores)

    En caso de tener trabajadores, con anterioridad a sus altas en la SS, deberemos solicitar un código de cuenta de cotización principal mediante el cual podremos dar de alta a nuestros empleados. Este trámite se podrá realizar a través de la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es) en caso de disponer de certificado digital. En caso contrario deberemos acudir presencialmente a una administración de la Seguridad Social.

    Posteriormente, deberemos asignar el código de cuenta obtenido a un autorizado RED para que pueda gestionar los movimientos relacionados con los empleados.

    Alta en el Registro especial de trabajadores autónomos

    Los fundadores de la compañía deberán gestionar su correspondiente inscripción en el Registro especial de trabajadores autónomos (RETA). Para hacerlo debremos acudir a la Agencia Tributaria con el DNI, cumplimentar un impreso que nos darán en sus oficinas y definir la actividad que se va a desempeñar a través de la compañía.

    Alta en la Seguridad Social

    Por otro lado, también deberemos acudir a la Seguridad Social para informar de los datos personales y la actividad de la compañía, así como indicar la cuenta bancaria para domiciliar las cuotas, que serán proporcionales a la cotización.

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *